Federación de Enseñanza de CCOO de Canarias | 19 abril 2024.

EESS 2022
Queremos más

Publicada la modificación del RD 276/2007 de ingreso y acceso a la función docente

  • CCOO critica la coexistencia de 3 sistemas de ingreso: concurso-oposición ordinario (para plazas de reposición), concurso-oposición transitorio y concurso de méritos (estos dos para plazas de estabilización)

13/04/2022.
Clic en el enlace de abajo

Clic en el enlace de abajo

CCOO se opone a las modificaciones incorporadas a última hora en el borrador de ingreso a la profesión docente

Enlace al BOE

Nota de prensa del Ministerio de Educación y FP

"Para el proceso de estabilización ordinario (concurso-oposición), la fase de oposición constará de una única prueba en dos partes no eliminatorias. La parte A consiste en el desarrollo de un tema. La parte B (aptitud pedagógica) consiste en la presentación de una unidad didáctica de la especialidad. También habrá una prueba práctica obligatoria para especialidades de FP, y a elección de las Administraciones educativas para las restantes especialidades. La calificación final de ambas partes A y B debe ser de al menos 5 sobre 10. La calificación final de esta fase de oposición ponderará un 60% en la puntuación final del concurso-oposición. La fase de concurso, con un máximo de 10 puntos, ponderará un 40% en la puntuación final del concurso oposición: experiencia docente (máx. 7 puntos, primándose la experiencia en la misma especialidad a la que se opta); formación académica (máx. 2 puntos) y otros méritos (máx. 1 punto), (dentro de otros méritos se valorará haber superado la fase de oposición en la misma especialidad en procesos selectivos anteriores, y se incluye la formación permanente también).

Para el proceso de estabilización extraordinario (solo mediante concurso de méritos excepcional por una sola vez), la puntuación máxima será de 15 puntos repartidos en tres bloques: experiencia docente (máx. 7 puntos, primándose la experiencia en la misma especialidad a la que se opta); formación académica (máx. 3 puntos) y otros méritos (máx. 5 puntos, donde se valorará superar la fase de oposición en la misma especialidad a la que se opta en anteriores procesos selectivos, y también la formación permanente). Este proceso, de acuerdo con el dictamen del Consejo de Estado, solo será aplicable a la estabilización de plazas ocupadas por personal interino, sin que afecte a las de reposición o nueva creación."

Accede a la infografía haciendo clic aquí.