Federación de Enseñanza de CCOO de Canarias | 28 marzo 2024.

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DKV abandona a mutualistas de MUFACE en la comarca oeste de La Palma

  • Para acceder a la atención primaria deben acudir a los centros del Servicio Canario de Salud, tanto para la asistencia ordinaria como de urgencias, abonar el importe de los servicios y ser reembolsados posteriormente por la entidad.
  • Obliga a realizar largos desplazamientos al dejar de prestar servicios en centros sanitarios importantes de la isla.

26/01/2022.
Imagen: pixabay

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La aseguradora alemana, con implantación en todas las islas, ofrece en el municipio de Los Llanos de Aridane, la ciudad de mayor población de la isla, una amplia cobertura sanitaria al público que desee, pagando una cuota mensual: disfrutar desde atención primaria y medios diagnósticos (incluso RMN o TAC), hasta atención especializada que incluye alergología, cirugía general, neurología… y así hasta un total de 21 especialidades diferentes*.

En cambio, las/los mutualistas de MUFACE no podrán recibir esta variada oferta en su municipio, ya que la aseguradora ha previsto brindarles para los años 2022, 2023 y 2024 tan solo odontología y estomatología, radiología dental, análisis clínicos y psicoterapia (pág. 63**) o análisis genéticos, citogenética, farmacogenética y genética (pág. 118). No podrán tener la atención primaria, que según el concierto firmado el pasado 22 de diciembre, deberá comprender “la atención sanitaria a cargo de especialistas en Medicina Familiar y Comunitaria o Médicos Generalistas, especialistas en Pediatría y profesionales de Enfermería, Odontólogo, Fisioterapeuta, Matrona y Podólogo, que se dispensará a nivel ambulatorio, domiciliario y de urgencia”.

En el mencionado concierto se establecen los criterios de disponibilidad de medios por niveles asistenciales en concordancia a la población de los municipios españoles, y dice que:

“2. Disponibilidad de medios de Atención Primaria

  • 2.1 En todos los municipios se facilitará Atención Primaria, que comprenderá la asistencia sanitaria a nivel ambulatorio y de urgencia a cargo del médico general o de familia, pediatra, diplomado en enfermería, matrona, fisioterapeuta, odontólogo y podólogo, de acuerdo con los siguientes criterios:

a) En los municipios de menos de 10.000 habitantes se deberá garantizar siempre de médico general o de familia y diplomado en enfermería. Además, los municipios a partir de 5.000 habitantes dispondrán de pediatra.En los municipios de más de 10.000 habitantes se deberá garantizar, además, la asistencia de fisioterapeuta y odontoestomatólogo.

b) En los municipios de más de 20.000 habitantes se deberá garantizar, además, la podología, y asistencia de matrona. (El censo de 2021 otorga a los Llanos de Aridane una población de 20.648 hab.)

  • 2.2 La Atención Primaria domiciliaria se prestará por el Médico General o de Familia y Diplomado en enfermería.
  • 2.3 La Atención Primaria de Urgencias se prestará, de forma continuada, durante las veinticuatro horas del día, mediante la atención médica y de enfermería en régimen ambulatorio y domiciliario.
  • 2.4 Si, excepcionalmente, la Entidad no dispusiera de los medios propios o concertados precisos, deberá garantizar la cobertura de la asistencia por otros servicios de conformidad con lo dispuesto en la cláusula 3.3.1. B y en los puntos siguientes.
  • 2.5 En los municipios de menos de 20.000 habitantes, con el fin de facilitar el servicio de Atención Primaria, la Entidad podrá prestarla por médico general o de familia y diplomado en enfermería en régimen domiciliario a solicitud de los beneficiarios mediante cita previa, garantizando una respuesta asistencial en una plazo nunca superior a 72 horas desde que se efectuó el aviso a la Entidad.
  • 2.6 En los municipios de menos de 20.000 habitantes en los que la Entidad no preste la Atención Primaria conforme a lo establecido en los puntos anteriores, esta facilitará el acceso de los beneficiarios a los servicios de Atención Primaria dependientes de la correspondiente Comunidad Autónoma, tanto para la asistencia ordinaria como de urgencia, asumiendo directamente los gastos que puedan facturarse.”

Desde CCOO no entendemos que la aseguradora DKV prefiera hacer frente a los gastos derivados de las facturas que los mutualistas de la comarca oeste de la isla generen por la escasa o nula asistencia sanitaria ofertada junto a sus hogares y desprecie los enormes y graves inconvenientes de desplazamiento y/o gestión del reembolso de los gastos asistenciales.

La multinacional tuvo el gesto de ofrecer un servicio telefónico gratuito de atención psicológica para los afectados por el volcán, pero indudablemente este regalo se lleva la guinda.

Amplía información sobre ​​MUFACE: Cambio de entidad médica solo en enero: https://bit.ly/3JCURcb 


Fuente: «BOE» núm. 308, de 24 de diciembre de 2021, páginas 162107 a 162200.


* Ver pp 22, y 71-78: Cuadro médico de DKV de la provincia de S/C de Tenerife para aseguradas/os: https://bit.ly/3qXrHx7.

** Cuadro médico de DKV de la provincia de S/C de Tenerife para mutualistas de MUFACE: https://bit.ly/3H5dsMi.

Documentación asociada
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